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De derecha a izquierda: Javier Arnaud Domínguez, Lucía Santray Ramírez, primeros oficiales de Aduana, e Inelsis Pérez Vega, Comunicadora Institucional.cribir una leyenda
Por Redacción Digital /Sierra Maestra
Presentes en la redacción: Javier Arnaud Domínguez, Lucía Santray Ramírez, primeros oficiales de Aduana, e Inelsis Pérez Vega, Comunicadora Institucional.
¿Por qué hay que pagar aquí si ya el sobrepeso se pagó en el país de origen?
Son distintos impuestos. En la Aduana se paga un arancel por las importaciones y en el país de origen lo que se paga son los kilogramos de exceso a los permisibles por la aerolínea. Cada país regula en sus Aduanas según la política de Estado. Sucede que a Cuba se introducen grandes cantidades de mercancía, que generalmente no sucede para otros países, lo cual no quiere decir que cada territorio no posea sus propias legislaciones aduaneras en materia de aranceles o derechos de importación.
¿Cómo entrar a Cuba sin pagar aranceles por las importaciones a la Aduana?
Sugerimos en primer lugar acudir al sitio web de la Aduana General de la República (AGR) http://www.aduana.gob.cu . Deben importarse los efectos personales dentro de los límites establecidos según lo norman las resoluciones 11/2007 (AGR) y 357/2012 (Ministerio de Finanzas y Precios), que definen qué cantidades se permiten exentas de pago y qué son efectos personales, respectivamente.
En adición a estos efectos personales son exentos de pago otros artículos como son hasta 10 kg de medicamentos y los recogidos en el Decreto Ley 22/1979.
Pero por ejemplo, un pasajero puede importar 25 kg de miscelánea (consideradas como efectos personales) y miscelánea o artículos cuyo valor no exceda los 50 pesos ó 5 kg.
¿Por qué si una persona viene con lo establecido la Aduana puede atribuirse la facultad de decidir que un equipaje es de carácter comercial?
La Ley de Aduana, conocida como Decreto Ley 162/96, el Decreto Ley 22/79 y la Resolución 206/2014 le atribuyen a la Aduana la facultad de determinar el carácter comercial a las importaciones que realizan las personas naturales, estableciéndose en caso de que las cantidades de un mismo artículo, producto o miscelánea, su naturaleza, función o lo reiterado de las importaciones, indiquen que se efectúa con fines comerciales.
¿Cada vez que entre a Cuba puede hacer importaciones? ¿Cuáles son los límites?
Oficiales de Aduana responden en Santiago de Cuba21.jpfCada pasajero tiene el derecho a importar en cada viaje varios artículos o productos sujetos a valoración hasta un límite de mil (1000) pesos o 100 kg, además de sus efectos personales (25 kilogramos exentos de pago), 10kg de medicamentos y otros artículos recogidos en el ya mencionado Decreto Ley 22/1979.
El pago de las importaciones se realiza en CUP por los residentes permanentes en Cuba en la primera importación del año calendario. En las sucesivas se cobrará en la misma moneda, aplicando la tasa de cambio vigente en las Casas de Cambio (hoy en día uno por 25).
Los pasajeros no residentes en territorio nacional pagarán siempre sus importaciones en CUC.
¿Cuántos celulares pueden importarse sin contar el de uso personal?
En la Resolución 206/2014 de la AGR se establece que de este artículo podrán importarse hasta dos unidades sujetas a valoración. En el caso del tercer celular se considera como un efecto personal y no se cobra.
Artículos prohibidos y regulados
Los artículos prohibidos son: drogas estupefacientes, sicotrópicas, precursores y sustancias relacionadas, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente sobre esta materia; así como en los convenios internacionales de los que el país es parte.
Asimismo se prohíben los hemoderivados, vacunas humanas, antisueros, cepas de microorganismos, medios de cultivo, productos obtenidos por ingeniería genética y organismos modificados genéticamente, así como otros productos biológicos, salvo que sean importados con fines científicos y cuenten con autorización del buró regulatorio para la protección de la salud.
Igualmente no pueden importarse acondicionadores de aire cuya capacidad exceda de 1 tonelada ó 12 mil BTU; las cocinas y hornillas eléctricas, con excepción de las vitrocerámicas de inducción y que su consumo no exceda los 1500 Watt, por foco; los hornos eléctricos, excepto los microondas o infrarrojos que el consumo no exceda de los 2 mil Watt.
Los teléfonos inalámbricos que no necesitan autorización del Ministerio las Comunicaciones (Mincom) son los que operan en las siguientes bandas: de los 43.710 a 49.980 mhz, de los 1.910 a 1.930 ghz, de los 2.400 a 2.4835 ghz y de los 5.725 a 5.875 ghz.
Además requieren de la autorización del Mincom: micrófonos inalámbricos y sus accesorios, los teléfonos inalámbricos cuando la AGR no puede precisar la banda de frecuencia en la que operan; los routers (enrutadores) y Switches (conmutadores); los transceptores de radio (walkie talkie); antenas parabólicas y sus accesorios y los teléfonos satelitales.
¿Puede un menor importar un X-Box en sus efectos personales?
Como parte de los efectos personales de un menor se admiten la importación de artículos para la transportación, el entretenimiento, alimentación y cuidado de los niños, acorde a su edad. Estos artículos se importan temporalmente con la condición de que sea para uso de la persona y se re-embarquen a su salida del país.
¿Qué pasa si una persona rompe un equipo que le hayan informado que sería decomisado?
Lo primero que debe hacer una persona que va a viajar es informarse. En caso de decomiso, la Aduana le comunica al viajero qué es lo que va a suceder, si la persona no está de acuerdo puede entrevistarse con el oficial de Aduana que atiende a la población. Si el ciudadano decidiera cometer la indisciplina de romper el equipo estaría haciendo resistencia al funcionario público (oficial de Aduana) lo cual lo convierte en sujeto activo de un delito por lo que puede ser denunciado ante las autoridades competentes.
La Aduana desde el punto de vista administrativo puede imponerle también una multa ascendente a 500 pesos por obstruir el control en Aduana con el amparo legal del Decreto 277/2005.
¿Quiénes tienen derecho a reembarcar determinado artículo?
El reembarque es una facilidad que permite la Aduana siempre y cuando el pasajero esté de acuerdo con pagar el servicio por la custodia de esos bienes en los cuartos de retenciones de la Aduana. No se otorga esa facilidad en el caso de los excesos de los límites de importación, cuando se determine el carácter comercial por sus diferentes causas, cuando se utilizan maniobras de fraude o que inducen al error del funcionario de Aduana.
¿Cuál es el destino de los decomisos?
La Aduana cumple con el encargo estatal de entregar los productos decomisados o declarados en abandono a las entidades y organismos designados por los diferentes Ministerios, tomando en consideración la nomenclatura de cada producto. Por ejemplo, las armas y municiones al Minint, los relacionados con Patrimonio a Artex, el dinero al Banco, los medicamentos a Emsume, las confecciones y equipos electrodomésticos al Mincin y así sucesivamente cada una a un destino afín.
Los oficiales de Aduana son funcionarios públicos con un rol determinado de cumplir con el control en los puntos de fronteras, con un orden de prioridad que comienza por velar la seguridad del país, el enfrentamiento al tráfico ilícito de drogas y al contrabando. Este control se ejerce garantizando un adecuado equilibrio entre la facilitación y la seguridad, brindando un trato de amabilidad y cortesía.
La Aduana cumple el llamado realizado por Miguel Díaz- Canel, presidente de los Consejos de Estado y de Ministros, de prevenir, detectar, enfrentar y cortar los hechos de corrupción, delitos e indisciplinas que puedan ocurrir durante la prestación de este servicio.
En caso de incurrir en algún delito las medidas son enérgicas, y más aún las acciones de control encaminadas a evitar estos hechos tan lamentables.